Estas pasadas Navidades, un familiar que vive en otra ciudad, me contaba que había pasado unos meses difíciles en su vivienda, ya que se había vendido la situada arriba de la suya y los nuevos propietarios habían decidido hacer una reforma integral; con las molestias que ello ocasiona. Hace unos días me llamó pidiendo consejo, porque tras dicha reforma, la cocina había cambiado de ubicación y ahora se encontraba situada sobre su dormitorio. El edificio es de los años 50 y el aislamiento acústico no es comparable a los actuales…en resumen, ahora oía la lavadora, el lavavajillas, la nevera y cualquier electrodoméstico en funcionamiento, en la que debía ser su habitación de descanso.

Lo cierto es que la solución no es sencilla, Ley de Propiedad Horizontal nos permite, como propietarios de una vivienda o local, que modifiquemos los elementos constructivos, instalaciones o servicios de su interior, siempre que no alteren la seguridad del edificio, su estructura o perjudiquen a otro propietario. En cualquier caso, ante una obra, que vaya más allá de cambiar una ventana o que nos instalen un aire acondicionado, deberíamos de dar parte de su realización al presidente de la Comunidad y/o en su defecto, al Administrador. En este caso concreto y dado que las obras duraron meses, se cumplió con ese precepto así como con la solicitud de licencia de obra, etc…nada se podía objetar respecto al cumplimiento de la Ley y la normativa adminstrativa.

El único punto al que podía acogerse mi familiar era a aquel que trataba sobre el perjuicio a otro propietario. Obviamente tenía molestias, ¿pero son suficientes para poder presentar una denuncia y que se condene al responsable de la obra a devolver esta a su estado anterior? Pues si no se ha demolido un pilar o un muro de carga (se estaría generando una situación de riesgo a la integridad del edificio), ni tampoco se ha alterado el forjado, ni las conducciones generales que pasan por el interior de la vivienda, va a ser dificil que un juez obligue a desahacer una obra. Se puede denunciar si la lavadora se pone a las 2 de la mañana contínuamente, por ejemplo, incumpliendo la normativa municipal sobre ruido y se pueden solicitar mediciones oficiales de los decibelios que se perciben en el interior del dormitorio, para realizar una petición de aislamiento acústico, pero poco más.

La propuesta que le hice a mi familiar es que pusiera en conocimiento del Administrador y del presidente, la nueva situación, que un día en que se diera el caso, los avisara, para visitar en ese momento al vecino que causa las molestias y que le propusieran que realizara una obras de aisalmiento acústico, si no estaba de acuerdo, llamar a la policía e iniciar el proceso de solicitud de medición acústica para la posterior denuncia.

Afortunadamente, el vecino parece ser bastante razonable y ha comenzado el proceso de aislamiento acústico. De momento mi familar está contento.

¿Os ha pasado alguna vez?, ¿puedo ayudaros?, ¿hablamos?

Alicia.