Abogados especialistas en defectos de construcción

Si has construido una nueva vivienda para ti o has adquirido una de segunda mano, si has llevado a cabo reformas, reparaciones o renovaciones, pero no has quedado satisfecho o hay defectos, daños y un trabajo deficiente, tienes derecho a reclamar una compensación. Nuestros abogados especializados en defectos de construcción en Valencia se encargan de gestionar la reclamación de compensación a tu favor.

Es más común de lo que debería que los particulares adquieran una vivienda nueva y se encuentren con evidentes defectos o vicios ocultos que aparecen poco tiempo después de instalarse.

Reclamación por defectos de construcción: ¿qué son los defectos constructivos?

Esto incluye problemas como humedad, grietas, fisuras, acabados incompletos, calidad inferior a la especificada en el proyecto, entre otros.

En la mayoría de los casos, los afectados, al darse cuenta de las deficiencias en sus viviendas, presentan reclamaciones iniciales al promotor y constructor, pero generalmente resultan infructuosas ya que ambos eluden cualquier tipo de responsabilidad al respecto.

Plazo y garantía para reclamar defectos de construcción

Como comprador de una vivienda nueva, estás protegido por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, que regula las responsabilidades derivadas de este tipo de situaciones, así como las garantías obligatorias que deben ofrecer los profesionales involucrados en el proceso constructivo.

La Ley de Ordenación de la Edificación, en su artículo 17, establece tres tipos de responsabilidades según la gravedad de los defectos:

  • Ruina física: un plazo de 10 años a partir de la recepción de la obra, en relación con los daños materiales causados por vicios o defectos en el edificio que afecten a elementos estructurales (vigas, forjados, muros de carga), comprometiendo su resistencia o estabilidad.
  • Ruina funcional: un plazo de 3 años a partir de la fecha de recepción de la obra. Esto cubre los daños en los elementos constructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad de las diferentes áreas, como grietas, fisuras, humedad, etc.
  • Defectos de acabado: responsabilidad del constructor durante un año.

El plazo de prescripción para reclamar dichos daños es de 2 años desde que se manifiestan.

Si tú, tus vecinos o tu comunidad de propietarios están sufriendo este tipo de perjuicios debido a vicios constructivos, no dudes en contactarnos lo antes posible.

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