Una de las consecuencias que ha tenido la crisis que llevamos años padeciendo, ha sido el freno a la promoción inmobiliaria. Si cogemos las estadísticas de los últimos años, podemos observar cómo se ha detenido la construcción de viviendas en España, las cifras no son ni sombra de lo que llegaron a ser durante la primera mitad de la década pasada. Habitualmente, el análisis se detiene ahí, pero si profundizamos un poco y entramos al detalle, sorprende que, de las pocas viviendas construidas, más de la mitad
lo son mediante la autopromoción, en otras palabras, construidas por su propietario final.
Seguro que alguno de los que estáis leyendo esta líneas, habéis pensado alguna vez en construiros vuestra propia vivienda. Normalmente habrá sido una segunda residencia, pero cada vez son más los que optan por esta fórmula, para adquirir la que va a ser su vivienda habitual.
A finales de 2014 dedicamos una serie de artículos a las cooperativas, una forma menos extendida, pero igual de válida, mediante la que comprar nuestra vivienda y ahora vamos a explicaros en una serie de entradas, como transformarnos en promotores y constructores de nuestra residencia.
Lo primero es comprar el terreno en el que vamos a edificar. Hay que tener muy en cuenta los costes del mismo, ya que va a suponer uno de los principales desembolsos. Al precio del suelo hay que añadir los gastos aparejados a escriturar la compraventa del solar, es decir, los honorarios del notario y del registrador de la propiedad, que se situan habitualmente en el 0,5% del coste del precio de compra. Tras esto, si somos particulares, hay que pagar impuestos, uno de ellos es el de Transmisiones Patrimoniales, que está en torno al 9% del precio de compra y que varía según comunidades autónomas Si hemos creado una sociedad, habremos de pagar un 21% de IVA. Y en cualquier caso, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que también varía dependiendo de la comunidad autónoma en la que nos encontremos. Previamente a abonar todas estas cantidades, e incluso de comprar el solar, es más que conveniente, necesario para evitar cualquier estafa, que comprobemos si existen cargas sobre el solar que queremos adquirir. Para ello, hay que solicitar una nota simple al Registro de la Propiedad al que corresponda la parcela. También hay que comprobar que coincida la titularidad y que la superficie escriturada sea coincidente con la que figura en el Catastro.
Una vez hechos todos los pasos anteriores, podemos iniciar la fase de construcción de la vivienda. Lo primero que debemos de tener y que ha debido de ir paralelo o anterior a la primera parte, son los planos que ha preparado el arquitecto. Este profesional nos presentará un proyecto básico de edificación, a partir del que podremos empezar a trabajar. Sus honorarios no suelen ser fijos, si no que se situan entre un 4 y un 6% del presupuesto de ejecución material y a veces, dependiendo de la fama del mismo, pueden ser más elevados. Resumiendo, que cuanto más cara sea nuestra casa, más cobrará el arquitecto y aún más si cuenta con un prestigio reconocido. Para poder elaborar correctamente este proyecto básico de edificación, deberemos realizar un estudio topográfico y geotécnico que nos proporcione los datos exactos para una correcta cimentación.
Con todo esto, podemos buscar un constructor y en paralelo ir solicitando al Ayuntamiento la licencia de obras correspondiente y la acometida provisional de luz y agua para poder trabajar.
Mañana continuamos con la segunda parte.
Si tenéis dudas de lo expuesto hasta ahora, os recuerdo que, como siempre, estaré encantada de hablar con vosotros.
Alicia Castillo Llorens, una destacada abogada con número de colegiación 5089 del Colegio de abogados de Valencia, ha acumulado una valiosa experiencia de más de 40 años ejerciendo como letrada en pleno ejercicio de la profesión.