En menos de tres meses, los contratos de alquiler de «renta antigua» pasarán a ser historia. El próximo 1 de enero de 2015, se extinguirán, lo que ha provocado la lógica preocupación de aquellos que tienen uno. Desde hace unos meses, rara es la semana en la que no reciba alguna consulta al respecto, por lo que hoy, voy a intentar tranquilizar, un poco, a aquellos que no tienen muy claro que va a pasar con el local o vivienda que ocupan actualmente.

Los contratos de alquiler de «renta antigua»  se crearon en 1964 al aprobarse el «Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos» (vigente hasta 1995) y se caracterizan por ser muy baratos y muy largos, ya que están sometidos a la prórroga forzosa.

Lo primero que hay que destacar es que la extinción de contratos, solo afecta a aquellos en los que el arrendatario sea una persona jurídica y solo a aquellos que no se hayan traspasado durante los diez años anteriores a la entrada en vigor de la ley, en cuyo caso, la extinción del contrato se producirá en 1 de enero de 2020. Por tanto, hay que estudiar caso por caso, ya que habrá que ver qué locales comerciales, alquilados a personas jurídicas, no han sido traspasados entre el 01 de enero de 2005 y el 31 de diciembre de 2014 y verán extinguido el contrato el próximo 01 de enero o sí lo han sido y pueden disfrutar de la prorroga hasta 2020.

Lo segundo es que las personas físicas, ocupen un local comercial o una vivienda, no van a ver extinguido su contrato el próximo 01 de enero, por lo que no han de preocuparse. No obstante, también es cierto, que más pronto o más tarde este tipo de contratos se extinguirán, ya que así lo regula la Ley de Arrendamientos Urbanos vigente, por lo que mi recomendación es proceder a un análisis de las circunstancias personales de cada uno y poder así, hacernos una idea de cuando y por qué causa, podemos ver extinguido el contrato. Ni que decir tiene, que podemos prestarte este servicio.

Espero que la entrada de hoy haya sido útil para que os tranquilicéis y/o para que os pongáis las pilas. Podéis contactar conmigo por las vías habituales y estaré encantada de responder a vuestras preguntas.

Un saludo y buen fin de semana.

Alicia.